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Bases reguladoras de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021 para la concesión de subvenciones a microempresas de la provincia de Zamora

Al objeto de contribuir tanto a su mantenimiento como a favorecer inversiones en sectores que representen oportunidades para el desarrollo económico provincial.

Finalidad

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de inversión destinados a mejorar el tejido productivo en municipios de menos de 20.000 habitantes de la Provincia de Zamora.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes, y sociedades civiles que, como microempresas, se encuentren dados de alta el Censo de Actividades Económicas y ejerzan la actividad en municipios de la Provincia de Zamora de menos de 20.000 habitantes y realicen las inversiones subvencionadas en centros de trabajo situados en dichos municipios.

Acciones

El programa de ayudas cuenta con dos líneas: 1. Línea de consolidación de empresas existentes. Se subvencionarán proyectos de inversión destinados a ampliar o mejorar empresas ya existentes. Los gastos subvencionables serán los siguientes: A) Acciones que supongan la incorporación de las nuevas tecnologías, así como la realización de estudios o la adquisición de patentes que tengan por objeto mejorar la gestión de la actividad empresarial o la obtención de una certificación ecológica. (Más detalle texto completo bases) B) Acciones que supongan una efectiva modernización del establecimiento comercial o industrial C) Acciones de promoción de la actividad de la empresa. D) Adquisición de vehículos nuevos. 2.- Línea de apoyo a emprendedores para la creación de nuevas empresas. Se entenderá por “empresa de nueva creación” aquella que se haya constituido durante el periodo subvencionable determinado en la cláusula 6. A estos efectos se tomarán en consideración, en el caso de sociedades, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución, y en el caso de personas físicas, la fecha del alta en la Seguridad Social en el régimen especial de los trabajadores autónomos, siempre y cuando se hayan dado de alta en el IAE en ese mismo período. Los gastos subvencionables serán los siguientes: A) Todos aquellos que se correspondan con los conceptos A), B), C) y D) señalados en la línea 1 de la presente Base. B) Gastos derivados del traspaso de negocios y alquiler de locales. C) Gastos ocasionados por honorarios técnicos relacionados con la constitución de la empresa.

PARA CONOCER MÁS EN DETALLE EL DESARROLLO DE LAS LÍNEAS DE AYUDAS Y LOS GASTOS CONCRETOS SUBVENCIONABLES, CONSULTAR EL TEXTO COMPLETO DE LAS BASES DISPONIBLES TAMBIEN EN ESTA WEB

Plazo de presentación: hasta el 30 de mayo de 2022

Lugar de presentación: En el Registro Telemático de esta Diputación, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado para ello en elcatálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Zamora: http://diputaciondezamora.sedelectronica.es.

Más información: info@emprendezamora.eu

Documentos disponibles para descarga relacionacionados con esta convocatoria: