COVID-19, AYUDAS IMPULSA II
DIPUTACIÓN IMPULSA II: Subvenciones para la reactivación de la actividad económica de la provincia de Zamora COVID-19. INTERESES DE PRÉSTAMOS
RESUMEN:
DIPUTACIÓN IMPULSA II: Subvenciones para la reactivación de la actividad económica de la provincia de Zamora COVID-19. INTERESES DE PRÉSTAMOS
Área
Desarrollo Económico
Fecha de publicación BOP
29/05/2020
Concurrencia
Las presentes bases regulan el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia no competitiva o directa de subvenciones a empresas y autónomos que radiquen en la provincia de Zamora.
Anualidad
2020
Finalidad
Aminorar determinados costes derivados de la formalización de préstamos suscritos con entidades financieras registradas en el Banco de España y destinados a paliar los efectos negativos producidos en cualquier sector de la economía provincial y en el empleo ante las consecuencias derivadas de la crisis sanitaria y económica provocada por el COVID-19.
Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas las personas físicas o jurídicas que se encuentren dadas de alta en el censo de actividades económicas y que cumplan los siguientes requisitos: 1.- Tener domicilio fiscal y centro de trabajo en Municipios inferiores a 20.000 habitantes de la provincia de Zamora. 2.- Haberse visto afectados en una reducción de su facturación en los 60 días posteriores a la publicación en el BOE del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La minoración de su actividad deberá suponer una caída de más del 50% de su facturación en relación con la media efectuada en los 12 meses anteriores a la declaración del estado de alarma. (VER TEXTO COMPLETO DE LAS BASES)
Acciones
- Son subvencionables únicamente los intereses devengados por el préstamo durante un periodo máximo de 1 año, siempre que la operación subvencionable se haya formalizado entre el 15 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre del 2020. Los intereses devengados por el préstamo durante ese periodo, se computarán de acuerdo con lo establecido en el cuadro de amortización de dicho préstamo.
- No serán subvencionables - Los intereses derivados de las líneas o cuentas de crédito. - Los intereses derivados de la cancelación o amortización de deudas preexistentes. - Las comisiones de apertura. - Los costes de formalización del aval. - Cualquier otro coste asociado al préstamo distinto a los intereses. (VER TEXTO COMPLETO DE LAS BASES)
Cuantía
La subvención irá destinada a financiar los intereses de aquellas operaciones que se suscriban hasta el 30 de septiembre del 2020, con un límite del 2,5% del TIN (tipo de interés nominal) anual, y por un importe máximo de lo devengado durante un año a contar desde la fecha formal de constitución del préstamo. La cuantía de la subvención no podrá exceder de 625.-€. La presente convocatoria está dotada con 500.000 €, con cargo al presupuesto en vigor de la Diputación de Zamora para el ejercicio 2020.
Plazo de presentación
Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP y finalizará el 30 de septiembre de 2020, inclusive.
Lugar de presentación
Las solicitudes de las personas jurídicas se presentarán en el Registro Telemático de esta Diputación. Las personas físicas podrán presentar sus solicitudes tanto por el Registro Telemático como por el Registro presencial de la Diputación de Zamora mediante cita previa (VER BASES COMPLETAS)
En plazo
Sí
Más información
Ayudas para costes derivados de la formalización de préstamos suscritos con entidades financieras ante las consecuencias derivadas de la crisis sanitaria y económica provocada por el COVID-19.
BASES REGULADORAS
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para la reactivación de la actividad económica de la provincia de Zamora como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma ocasionado por el COVID 19 (DIPUTACIÓN IMPULSA II) Para aminorar determinados costes derivados de la formalización de préstamos
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